Esto estará prohibido en Semana Santa 2018

by Editor Rodando 0

semana Santa

Como medida de seguridad para los turistas nacionales y extranjeros, el propietario de la prohibición, durante el período de Semana Santa, el uso de vehículos de motor, moto acuática, corredor, ola, y caballos, en las playas y balnearios en todo el país.

Dicha disposición está contenida en la resolución 104/2018, y se implementó desde el Jueves Santos al Domingo de Resurrección, como medida de seguridad para las millas de personas que durante el tiempo de la semana mayor hacen uso de estos espacios públicos.

Asimismo, prohíbe el uso de cualquier embarcación, objeto o instrumento que entrañe un peligro para los bañistas y personas que se encuentren en todas las playas y los balnearios del territorio nacional que congreguen los turistas nacionales o extranjeros.

Durante el período de Semana Santa, las playas, los ríos y otros balnearios reciben una proporción mayor de visitantes, que hace necesario que las autoridades adopten medidas especiales de seguridad.

Asimismo, se establece que con perjuicio a lo establecido en dicha resolución, se permitirá el transporte marítimo en la Laguna Gri-Gri, Isla Saona, Isla Catalina y Cayo Levantado, siempre y cuando se realicen en embarcaciones reguladas por el Ministerio de Turismo.

Las siguientes instrucciones están relacionadas con las otras instituciones del estado que las medidas que garantizan la integración física y el disfrute de los turistas en un ambiente familiar.

El Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (CESTUR), es la institución que debe cumplir para cumplir con esta resolución, así como el Ministerio de Defensa, Abogado del Estado, Ministerio Público, Dirección General de la Defensa Civil, Comité de Operaciones Especiales (COE), entre otras.

 


Datos :

Esta resolución prohíbe, sin perjuicio de lo establecido en las Resoluciones No. 02/04, de fecha 31 de agosto del año 2004, Resolución No.081 / 15, de fecha 18 de febrero del año 2015.